Sobre mí

Iñaki Olaizola Eizagirre (1944) es de Donostia, está casado con Maria-Jose Azurmendi, y juntos tienen una hija, Itsaso, y un hijo, Xele. Recuerda con cariño su primera escuela, la Escuela del Muelle, e hizo el bachillerato en el Sagrado Corazón.

Es Doctor en Ingeniería Naval por la Universidad Politécnica de Madrid y es en el ámbito de lo naval y empresarial donde ha desarrollado su actividad profesional. Más tarde, cursó estudios de Antropología y se doctoró en esa disciplina en la UPV/EHU, centrando su interés cultural y social en el estudio del Proceso de Morir.

En el ámbito institucional ha sido presidente de la ikastola JAKINTZA; presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Gipuzkoa; director general de Pesca del Consejo General Vasco; viceconsejero de Asuntos Marítimos del Gobierno Vasco; y presidente del Consejo Económico y Social de Euskadi.

Es también Amigo de Número de la Sociedad Bascongada de los Amigos del País/ Euskalerriaren Adiskideen Elkartea, y en los años más recientes ha dedicado una atención preferente a la asociación para el Derecho a Morir Dignamente/ Duintasunez Hiltzeko Eskubidea (DMD/DHE).

En el ejercicio de su involucración en el ámbito de lo naval y del proceso de morir, ha realizado una treintena de publicaciones; ha participado en un ciento de conferencias y ha estado presente en no pocos programas de radio y televisión.

En el ámbito de lo naval, sus principales contribuciones guardan relación con: la estructura y desarrollo del sector pesquero; la tecnificación en la elaboración del presupuesto de construcción de un buque; una cierta perspectiva para abordar la crisis del sector pesquero en los años 1970; la descripción técnica de un barco de bajura y el análisis antropológico a bordo de ese barco; los métodos de diseño no-gráfico en siglos pasados; la historia de un astillero relevante en Gipuzkoa y la crisis del sector naval; etc.

En el ámbito de la Antropología Social, ha dedicado una atención especial a asignar rango social e institucional al Proceso de Morir; a enfatizar el discurso acerca de a Muerte Voluntaria; a introducir nuevas perspectivas en relación con las personas en situación de Muerte Social o Socialmente Muertas; a la carencia de tutela real a las personas que por deterioro cognitivo, o enfermedad incapacitante, en ocasiones  desde su nacimiento, se las obliga a vivir sin mayor debate social; a la muerte de calidad; a la muerte biográfica; a la muerte propia, que no la muerte del otro; al debate que se suscita ante el supuesto derecho a ser cuidada-cuidado y la supuesta obligación de cuidar; al ritual funerario y al luto; y, esto es más difícil, a tratar de impulsar un discurso motivado, insistiendo en que el derecho a morir, la libertad para morir y la muerte voluntaria son atributos de la naturaleza humana, que anclan su fundamento en un derecho prejurídico y humano, y que solamente el prejuicio religioso y el poder han desviado de su traza original; y, en este contexto, ha tratado de imaginar acerca de cómo en el futuro la muerte voluntaria será el modo principal de ejercitar el derecho o la libertad para morir, y que esto sucederá como consecuencia del cambio social, que dará mayor fuerza al debate acerca de la autonomía, la libertad, el compromiso intergeneracional, el pacto social y la capacidad real de acompasar la demanda de prestaciones con la posibilidad real de realizarlas en ese contexto social.

En relación con la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (LORE), si bien postuló por el logro de una ley que amparara el derecho o la libertad para ejercitar la muerte voluntaria, considera que esta ley es insuficiente pues exige excesivo dolor y sufrimiento y deja fuera de tutela, entre otras, a las personas discapacitadas desde su nacimiento, a las personas con pérdida notoria de capacidad cognitiva o enfermedad degenerativa, y a las personas socialmente muertas o que engrosan la categoría de muerte social. Así, pues, se declara POST-LORE, en el propósito de contribuir a la necesaria mejora de esa ley, incorporando, además, el reconocimiento a la libertad para morir, además del ejercicio de ese derecho.